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Phishing usando a Hacienda (Agencia Tributaria) como señuelo Bueno, ya se sabe que Hacienda somos todos, pero hay algunos listillos que se lo han tomado al pie de la letra. La Agencia Tributaria se ha hecho eco del problema y ha informado que algunos usuarios están recibiendo correos electrónicos que dicen estar remitidos por el estado pidiendo que facilite los datos bancarios para realizar una devolución de 90 €. Por supuesto, se trata de una estafa, ya que Hacienda no contacta de esta forma con los contribuyentes.
Aunque se trata de un phishing tradicional, ya que no utiliza sofisticados virus, tiene su originalidad ya que no utiliza a los bancos como señuelo. En cualquier caso, lo que se pretende es que la víctima introduzca los datos de su tarjeta de crédito para que Hacienda le devuelva cierta cantidad. Llega un correo desde la dirección
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El dominio aeats.eu no es en realidad bajo el que se aloja la Agencia Tributaria, sino que utiliza aeat.es. Os mostramos la página web que abrimos desde el correo. Haz clic sobre ella para ampliarla en otra ventana.
En el cuerpo del mensaje puede leerse: ********* RESOLUCIÓN de 29 de enero de 2006, de la Dirección General de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, por la que se aprueban las directrices generales del Plan General de Control Tributario 2006.(B.O.E. 03-02-2006) Por favor Nota: Después de los cálculos anuales pasados de su actividad fiscal nos hemos determinado que usted es elegible recibir una devolución fiscal desde 90� Someta por favor la petición de la devolución fiscal y en un plazo de 6-9 días se la vamos a procesar. Un reembolso se puede retrasar para una variedad de razones. Por ejemplo sometiendo expedientes invalidos o aplicándose después del plazo. Para tener acceso a la forma para su devolución fiscal, Pulse aquí El Plan General de Control es el instrumento básico de planificación de la Agencia Tributaria en el que se realiza la previsión cuantitativa y cualitativa de las actuaciones que en el ámbito de control tributario y aduanero se van a realizar durante el año. Con este Plan se da cumplimiento a la obligación que establece la Ley General Tributaria en su artículo 116 de elaborar anualmente un plan de control tributario. Madrid, 29 de enero de 2006.-El Director General, Luis Pedroche y Rojo. ********** Pues nada cuidadín ahí fuera. |